martes, 8 de mayo de 2007

Continúa la Violencia Doméstica

Parece ser que los Magistrados no aprenden la lección. Siguen tropezando no dos, sino varias veces con la misma piedra.

Todo comenzó en Montevideo cuando una mujer realizó una denuncia en la Comisaría de la Mujer y el Niño contra su concubino por la agresión física que habia sufrido.

Médicos forenses luego de asistirla certificaron las lesiones sufridas.

La policía detuvo inmediatamente al concubino dejándolo a disposición de la justicia.

¿Y la justicia que hizo?

Lamentablemente y como era de esperar lo procesaron sin prisión y le impusieron como medida sustitutiva la prohibición de acercarse a su pareja.
Medida similar a la que comentamos en un post anterior.

Como era de esperarse el sujeto hizo caso omiso a la órden de restricción y se encaminó hacia el trabajo de su compañera.

Allí retomó la discusión y extrajo de entre sus ropas una cuchilla de 13 centimetros de hoja con la que amenazó a la mujer.

Por suerte y a diferencia de lo ocurrido en el caso anterior, un llamado al 911 alertó a la policia y estos concurrieron de inmediato y volvieron a detener al agresor.

La justicia esta vez lo procesó con prisión por el delito de desacato en reiteración real con un delito de lesiones personales y un delito de privación de libertad especialmente agravado en concurso fuera de la reiteración con un delito de desacato.

Parece ser que no basta con cometer violencia doméstica para ir a parar a la carcel, para ello es necesario cometer varios delitos mas o directamente cometer homicidio sobre la denunciante.

Como dije, parece que seguimos sin aprender.

6 comentarios:

Mauro dijo...

Hola Claudia:

En el caso que mencionas, desconozco, por supuesto, las razones que llevaron al juez a tomar una determinación para dictar una medida sustitutiva en vez de una prisión preventiva. Sin embargo, siempre hay que tomar en cuenta el carácter EXCEPCIONAL de las medidas de coerción personal, en conjunto con los elementos de proporcionalidad y juridicidad, para resulte verdaderamente una medida de PREVENCION y no una pena anticipada. La medida de prisión preventiva o privativa de libertad, como se denomina en Venezuela, no puede dictarse únicamente con la denuncia de la mujer o la persona agraviada, es necesario, por el contrario, que exista un suerte de elementos de convicción o pruebas en contra del imputado que no sólo lo hagan presumir como el autor del hecho, sino que exista riesgo razonable en perjuicio de mujer o víctima, y que sólo pueda asegurarse o protegerse a través de dicha medida.

Saludos. Enhorabuena por iniciativa de tu blog y gracias por el enlace.

Claudia dijo...

Hola Mauro, gracias por la visita.
Estoy totalmente de acuerdo contigo en que la prisión preventiva debe ser de carácter excepcional.
El tema que molesta y mucho en este delito es que la norma penal parece ser totalmente inútil para resolver el problema que se plantea con la violencia doméstica.
No estoy diciendo que debería encarcelarse a una persona solo porque alguien interpuso una denuncia contra el, pero en este caso habían lesiones constatadas por médicos forenses.
El asunto es que esta no es la primera vez que sucede, hay varios casos (y en un post anterior comento uno) en que las cosas terminan muy mal, siendo que la victima había realizado no una, sino varias denuncias.
Creo que debería buscarse otra solución para este problema, ya que la norma resulta insuficiente.
Eso sin contar que al momento de establecerse este delito, la situación ya se encontraba cubierta por los delitos de lesiones y amenazas.

Saludos.

Aubry et Rau dijo...

Hola Claudia.

Coincido con Mauro en punto a la excepcionalidad del encarcelamiento preventivo.

Pero agrego otra cosa al tema: ¿será que el derecho penal pueda resolver los problemas de violencia doméstica?

Muchas gracias y adelante.

FSO dijo...

Buenas. Primero felicidades por el blog, voy a enlazarlo. Al igual que los precedentes, es evidente que la prisión provisional debe ser una medida excepcional toda vez que comporta una medida muy gravosa para el sujeto pasivo, no obstante creo que el problema no radica en la prisión provisional o no del agresor, creo que el problema radica en una legislación a mi juicio un poco "populista" y poco realista, ya que de nada sirven todas las medidas del mundo, si en la práctica no hay manera de controlar o no el cumplimiento de las medidas de alejamiento y demás impuestas.
El resultado ya lo conocemos, la esterilidad de todas éstas medidas ya que muchas mujeres no denuncian porque ven a diario en los telediarios como otras que si lo hicieron, mueren a manos de sus maridos.

Anónimo dijo...

Hola Claudia. ¿ En Uruguay existe el delito de violencia doméstica ?, interesante para ser tipificado en Colombia. Aquí también se han presentado varios casos aberrantes de violencia doméstica, pero como tú dices deben encajar en lesiones personales, violación, etc, para tener un castigo. Interesante situación para ser analizada, un saludo.

Anónimo dijo...

es hora de que las penas por violencia domestica sean mas severas asi terminamos de una vez por todas con el maltrato familiar. miles de mujeres en nuestro pais son victimas de golpes y maltratos psicologicos y la justicia hace poco y nada por ayudarlas...

 
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