Parece ser que los Magistrados no aprenden la lección. Siguen tropezando no dos, sino varias veces con la misma piedra.
Todo comenzó en Montevideo cuando una mujer realizó una denuncia en la Comisaría de la Mujer y el Niño contra su concubino por la agresión física que habia sufrido.
Médicos forenses luego de asistirla certificaron las lesiones sufridas.
La policía detuvo inmediatamente al concubino dejándolo a disposición de la justicia.
¿Y la justicia que hizo?
Lamentablemente y como era de esperar lo procesaron sin prisión y le impusieron como medida sustitutiva la prohibición de acercarse a su pareja.
Medida similar a la que comentamos en un post anterior.
Como era de esperarse el sujeto hizo caso omiso a la órden de restricción y se encaminó hacia el trabajo de su compañera.
Allí retomó la discusión y extrajo de entre sus ropas una cuchilla de 13 centimetros de hoja con la que amenazó a la mujer.
Por suerte y a diferencia de lo ocurrido en el caso anterior, un llamado al 911 alertó a la policia y estos concurrieron de inmediato y volvieron a detener al agresor.
La justicia esta vez lo procesó con prisión por el delito de desacato en reiteración real con un delito de lesiones personales y un delito de privación de libertad especialmente agravado en concurso fuera de la reiteración con un delito de desacato.
Parece ser que no basta con cometer violencia doméstica para ir a parar a la carcel, para ello es necesario cometer varios delitos mas o directamente cometer homicidio sobre la denunciante.
Como dije, parece que seguimos sin aprender.