miércoles, 11 de abril de 2007

El principio de mínima intervención

Conocido también como de ultima ratio, postula la necesidad de restringir al máximo la intervención de la ley penal, reservándola solo para casos de ataques graves a las normas de convivencia social que no pueden ser eficazmente controlados por otros mecanismos menos traumáticos. ( Cairoli, El derecho Penal Uruguayo T. 1)
Lamentablemente en nuestro derecho este principio no es seguido con la rigurosidad que merece.
Como ejemplo de ello: en nuestro país se ha tipificado como delito el hurto de señal de cable que, no solo viola este principio, sino también el de exclusiva protección de los bienes jurídicos.

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